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El Ayuntamiento facilita a través de la Diputación de Jaén habilita planes personalizados para facilitar el pago de los tributos municipales.

Uncategorized Publicado el 3 octubre 2020


Los contribuyentes podrán fraccionar el pago de los impuestos sobre Bienes Inmuebles, Actividades Económicas, Vehículos de Tracción Mecánica y las Tasas hasta en 10 cuotas.

El Ayuntamiento de Vva de la Reina a través de la Diputación de Jaén habilita planes personalizados para facilitar el pago de los impuestos sobre Bienes Inmuebles (IBI), Actividades Económicas (IAE), Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), y las Tasas.

Esto permitirá a los contribuyentes fraccionar el pago de estos tributos municipales hasta en 10 cuotas. “Para el nuevo periodo de recaudación conseguimos uno de los objetivos que venimos acariciando desde hace años, y coincide en un momento complicado en el que ya se han tomado medidas en materia de recaudación vinculadas con los efectos de la pandemia, como ha sido la ampliación del periodo del primer pago voluntario”,y ahora “se abre un menú de posibilidades para abordar el pago de los tributos y el contribuyente tendrán la capacidad de elegir sin recargos y sin intereses”.

Hasta el próximo 1 de diciembre, los contribuyentes del municipio, podrán solicitar su forma de pago a través de la Oficina Virtual del Servicio Provincial de Gestión y Recaudación (https://ofsgt.dipujaen.es/) mediante un correo electrónico a infotributaria@dipujaen.es o en las oficinas que este organismo autónomo de la Diputación de Jaén tiene distribuidas por la provincia jiennense.

Las distintas opciones que ofrece este plan, van desde el Pago Fácil 10, “que es el más flexible, con 10 cuotas con cargo a cuenta desde el 5 de enero al 5 de octubre, al Anual, que consiste en una cuota cuyo cobro se realiza el 5 de febrero, con una cuota de regularización el 5 de octubre”. Entre estas dos posibilidades se hallan otras periodicidades como la Mensual, que se traduce en nueve cuotas, del 5 de febrero al 5 de octubre; Bimestral, que consiste en cinco cuotas; Trimestral, cuyo abono se realiza en cuatro cuotas; o Semestral, con dos cuotas de cobro, el 5 de abril y el 5 de octubre. “Se pueden acoger a este plan los tributos que están a nombre de un mismo titular, y se establecen como requisitos no tener deuda en ejecutiva con el Servicio Provincial de Gestión y Recaudación, salvo que esté fraccionada o suspendida, que las cuotas resultantes del pago personalizado no sean menores de 20 euros, y la domiciliación obligatoria del pago de las cuotas en una única cuenta bancaria”.