XXI CIRCUITO «EL FLAMENCO POR LAS PEÑAS»

ZAMBOMBADA FLAMENCA «DICIEMBRE»

Con Isabel Duran & Grupo

Colaboración de la Escuela Flamenca «El Olivo»

Domingo 20 de Diciembre a las 18,00 h en el Teatro Municipal

MEDIDAS ANTI COVID 19:

Aforo limitado, toma de temperatura a la entrada, uso obligatorio en todo momento de la mascarilla, limpieza con hidrogel, separación obligatoria en butacas.

Nuevas ayudas para autónomos afectados por la crisis sanitaria ocasionada por COVID-19

Ayudas de 1.000 euros para autónomos de hostelería, comercio, peluquerías, taxi y feriantes

La Junta de Andalucía publica el Decreto-Ley 29/2020 de 17 de noviembre, BOJA 79 donde pone en marcha una línea de subvenciones para las personas trabajadoras autónomas de los sectores económicos mas arriba relacionados.

Requisitos:

Para ser beneficiarios de estas ayudas, se establece como requisito ser trabajador por cuenta propia o autónomo con domicilio fiscal en Andalucía, con alta en el régimen especial de la Seguridad Social a fecha de 14 de marzo de este año, y se exige que aún mantengan esta alta hasta el día de inicio del plazo de presentación de solicitudes de la ayuda.

Que no sean beneficiarias de cualquiera de las prestaciones extraordinarias de cese de actividad, de medidas sociales en defensa del empleo, de la prestación de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia o de la prórroga de las prestaciones, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial.

Disponer de certificado digital para la realización del trámite de forma telemática.

Tramitación

Para la tramitación de las solicitudes, el decreto establece que solo se podrá realizar de forma telemática y se ha establecido un procedimiento ágil a través de declaraciones responsables de cumplimiento de los requisitos establecidos, y un plazo máximo de dos meses para resolver la resolución. Este sistema permitirá automatizar muchos procesos de revisión, experiencia que se ha llevado a cabo con éxito en la gestión de la ayuda de 300 euros destinada a los autónomos, y que ha permitido llegar a realizar comprobaciones de casi 2.500 expedientes al día y un ahorro de 65.000 horas.

CAMBUS

Nuevo horario desde el día 13 de Noviembre de 2020.

La empresa que gestiona el transporte público en nuestra provincia nos informa de un nuevo cambio en el horario de autobuses.

BONO SOCIAL DE LUZ

¿QUÉ ES EL BONO SOCIAL DE LUZ?

El bono social eléctrico es una ayuda del Gobierno para todos aquellos consumidores que tienen dificultades para abonar el importe de sus facturas eléctricas y se encuentran en riesgo de pobreza energética.

Se trata de un descuento de entre el 25 y el 40% tanto en el término de potencia como en el término de energía de la factura.

Infórmese en las oficinas municipales en horario de oficina de 9.00 a 13.00h.

SON REQUISITOS INDISPENSABLES:

  • Potencia contratada de hasta 10 kilovatios (kW)
  • Tarifa de Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC)
  • Solo podrá solicitarlo el titular del contrato de luz
  • Exclusivo para viviendas habituales (segundas viviendas no aptas)

Su contrato de electricidad debe ser con una Comercializadora de Referencia.

Para solicitarlo, debe aportar la siguiente documentación:

  • Formulario de bono social cumplimentado y firmado por todos los miembros de la familia mayores de 14 años
  • Fotocopia del DNI del titular del contrato de luz y de todos los miembros de la unidad familiar
  • Libro de familia o certificación de la hoja individual del Registro Civil
  • Certificado de empadronamiento del titular y todos los miembros de la unidad familiar
  • Fotocopia del título de familia numerosa
  • Certificado de Servicios Sociales que acredite circunstancias especiales (discapacidad igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima de terrorismo)

NUEVAS MEDIDAS ADOPTADAS POR LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA LA CONTENCIÓN DEL COVID-19

(Orden de 8 de noviembre de 2020, publicada en el BOJA extraordinario núm. 77 de 8 de noviembre y corrección de errores publicados en el BOJA de 9 de noviembre)

⚠️ A nuestro municipio se aplica el nivel 4, grado 1 de alerta sanitaria. Esto conlleva las siguientes medidas:

? LIMITACIÓN HORARIA DE LAS 18.00 HORAS EN TODAS LAS ACTIVIDADES, SERVICIOS O ESTABLECIMIENTOS, A EXCEPCIÓN DE LAS SIGUIENTES:

✅ Actividad industrial y el comercio mayorista ?
✅ Los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad. ?????
✅ Los centros, servicios y establecimientos sanitarios.?
✅ Los servivios profesionales y empleados de hogar. ?‍??‍⚕️?
✅ Los servicios sociales y sociosanitarios. ?
✅ Los centros o clínicas veterinarias.??
✅ Los establecimientos comerciales de venta de combustible. ⛽
✅ Alquiler de vehículos y las estaciones de inspección técnica de vehículos. ?
✅ Los servicios de entrega a domicilio. ?
✅ Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.?
✅ Los velatorios.➕
✅ La práctica del deporte federado, rigiéndose por sus protocolos respectivos, en espacios deportivos cubiertos y al aire libre en categoría de edad desde los 16 años hasta la categoría absoluta. Los centros deportivos para la realización de actividad física que sean al aire libre para el deporte no federado, siempre que no se trate de deportes de
contacto y para deportistas desde los 16 años. ??
✅ Los centros y servicios para la ejecución de medidas judiciales y servicios de mediación penal de menores, así como los puntos de encuentro familiar.?‍?‍?‍??‍?‍?
✅ Centros de Atención Infantil Temprana y Centros de tratamiento ambulatorio. ??
✅ Empleados públicos ?‍✈️?‍??‍?
✅ Los restaurantes de los establecimientos de los alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para su uso exclusivo de clientes. ?
✅ Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social. ?
✅ Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior, y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a personas trabajadoras.?
✅ Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de
tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.?

? MEDIDAS EN CENTROS UNIVERSITARIOS Y DOCENTES:

✅ UNIVERSIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS ➡️ Clases teóricas on line.?‍?
✅ ACTIVIDAD DOCENTE NO UNIVERSITARIA (incluido comedores escolares, aula matinal y transporte escolar) ➡️ Clases presenciales. ?‍?
✅ CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, CONSERVATORIOS, ESCUELAS DE IDIOMAS, ACADEMIAS, CENTROS DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE ADULTOS , CENTROS DE INVESTIGACIÓN Y DEMÁS CENTROS SIMILARES ➡️ Clases presenciales ?

➡️ A estas medidas no se aplica la limitación de las 18.00 horas.

? MEDIDAS RELACIONADAS CON EL SERVICIO DE TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS:

➡️ Con carácter general, se establece una oferta mínima de servicios del 50% respecto a la oferta de servicios anterior al 14 de marzo de 2020. ?

? PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN: SE RECOMIENDA A TODAS LAS PERSONAS QUE PERMANEZCAN EN CASA.?

? Esta Orden surtirá efectos a las 00:00 horas del día 10 de noviembre.

NuestroPueblo ?

NuestraResponsabilidad ?

EsteVirusloParamosUnidos ✴

Consulta tu municipio: https://www.mapacovid.es/

APLICACIÓN TRADE

Los empresarios agrícolas ya pueden utilizar la aplicación TRADE para comunicar a efectos de realización de pruebas médicas para la detección del covid-19

La aplicación TRADE es un sistema informático para la declaración responsable de trabajadores agrícolas de campaña a efectos de realización de pruebas médicas para la detección del covid-19

Instrucciones de uso

  Para el uso de TRADE usted debe:

  1. Ser empleador de trabajadores agrícolas de campaña y contar con la oportuna autorización por parte de los mismos para la comunicación de sus datos mediante este sistema.

  2. Acceder a la aplicación, usando su certificado electrónico personal o certificado electrónico de empresa.

  3. La primera vez que acceda a TRADE, se le pedirá que complete sus datos de contacto.

  4. Acto seguido, deberá acceder al menú “MIS DECLARACIONES” para poder generar una nueva declaración. Esta operación consta de tres pasos:

  1. Alta de la Declaración en el botón correspondiente, deberá revisar los datos generales aportados en la misma.
  2. Alta de Trabajadores asociados a la Declaración, deberá incorporar los trabajadores uno a uno, mediante el oportuno botón.
  3. Firma de la Declaración, para lo que se le pedirá su certificado digital.

  Una vez firmada la Declaración Responsable los datos comunicados serán trasladados periódicamente a la Consejería de Salud y Familias para su evaluación y el desarrollo de las actividades sanitarias que se consideren.

 Navegadores recomendados: Google Chrome, Microsoft Egde y Mozilla Firefox

  • Más información y vídeo explicativo en:

https://www.juntadeandalucia.es/agenciaagrariaypesquera/agenciaagrariaypesquera/portal/web/principal/trade

Puede acceder a TRADE en el siguiente enlace:

https://ws229.juntadeandalucia.es/trade/