NUEVAS MEDIDAS ADOPTADAS POR LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA LA CONTENCIÓN DEL COVID-19

(Orden de 8 de noviembre de 2020, publicada en el BOJA extraordinario núm. 77 de 8 de noviembre y corrección de errores publicados en el BOJA de 9 de noviembre)

⚠️ A nuestro municipio se aplica el nivel 4, grado 1 de alerta sanitaria. Esto conlleva las siguientes medidas:

? LIMITACIÓN HORARIA DE LAS 18.00 HORAS EN TODAS LAS ACTIVIDADES, SERVICIOS O ESTABLECIMIENTOS, A EXCEPCIÓN DE LAS SIGUIENTES:

✅ Actividad industrial y el comercio mayorista ?
✅ Los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad. ?????
✅ Los centros, servicios y establecimientos sanitarios.?
✅ Los servivios profesionales y empleados de hogar. ?‍??‍⚕️?
✅ Los servicios sociales y sociosanitarios. ?
✅ Los centros o clínicas veterinarias.??
✅ Los establecimientos comerciales de venta de combustible. ⛽
✅ Alquiler de vehículos y las estaciones de inspección técnica de vehículos. ?
✅ Los servicios de entrega a domicilio. ?
✅ Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.?
✅ Los velatorios.➕
✅ La práctica del deporte federado, rigiéndose por sus protocolos respectivos, en espacios deportivos cubiertos y al aire libre en categoría de edad desde los 16 años hasta la categoría absoluta. Los centros deportivos para la realización de actividad física que sean al aire libre para el deporte no federado, siempre que no se trate de deportes de
contacto y para deportistas desde los 16 años. ??
✅ Los centros y servicios para la ejecución de medidas judiciales y servicios de mediación penal de menores, así como los puntos de encuentro familiar.?‍?‍?‍??‍?‍?
✅ Centros de Atención Infantil Temprana y Centros de tratamiento ambulatorio. ??
✅ Empleados públicos ?‍✈️?‍??‍?
✅ Los restaurantes de los establecimientos de los alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para su uso exclusivo de clientes. ?
✅ Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social. ?
✅ Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior, y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a personas trabajadoras.?
✅ Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de
tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.?

? MEDIDAS EN CENTROS UNIVERSITARIOS Y DOCENTES:

✅ UNIVERSIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS ➡️ Clases teóricas on line.?‍?
✅ ACTIVIDAD DOCENTE NO UNIVERSITARIA (incluido comedores escolares, aula matinal y transporte escolar) ➡️ Clases presenciales. ?‍?
✅ CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, CONSERVATORIOS, ESCUELAS DE IDIOMAS, ACADEMIAS, CENTROS DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE ADULTOS , CENTROS DE INVESTIGACIÓN Y DEMÁS CENTROS SIMILARES ➡️ Clases presenciales ?

➡️ A estas medidas no se aplica la limitación de las 18.00 horas.

? MEDIDAS RELACIONADAS CON EL SERVICIO DE TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS:

➡️ Con carácter general, se establece una oferta mínima de servicios del 50% respecto a la oferta de servicios anterior al 14 de marzo de 2020. ?

? PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN: SE RECOMIENDA A TODAS LAS PERSONAS QUE PERMANEZCAN EN CASA.?

? Esta Orden surtirá efectos a las 00:00 horas del día 10 de noviembre.

NuestroPueblo ?

NuestraResponsabilidad ?

EsteVirusloParamosUnidos ✴

Consulta tu municipio: https://www.mapacovid.es/

APLICACIÓN TRADE

Los empresarios agrícolas ya pueden utilizar la aplicación TRADE para comunicar a efectos de realización de pruebas médicas para la detección del covid-19

La aplicación TRADE es un sistema informático para la declaración responsable de trabajadores agrícolas de campaña a efectos de realización de pruebas médicas para la detección del covid-19

Instrucciones de uso

  Para el uso de TRADE usted debe:

  1. Ser empleador de trabajadores agrícolas de campaña y contar con la oportuna autorización por parte de los mismos para la comunicación de sus datos mediante este sistema.

  2. Acceder a la aplicación, usando su certificado electrónico personal o certificado electrónico de empresa.

  3. La primera vez que acceda a TRADE, se le pedirá que complete sus datos de contacto.

  4. Acto seguido, deberá acceder al menú “MIS DECLARACIONES” para poder generar una nueva declaración. Esta operación consta de tres pasos:

  1. Alta de la Declaración en el botón correspondiente, deberá revisar los datos generales aportados en la misma.
  2. Alta de Trabajadores asociados a la Declaración, deberá incorporar los trabajadores uno a uno, mediante el oportuno botón.
  3. Firma de la Declaración, para lo que se le pedirá su certificado digital.

  Una vez firmada la Declaración Responsable los datos comunicados serán trasladados periódicamente a la Consejería de Salud y Familias para su evaluación y el desarrollo de las actividades sanitarias que se consideren.

 Navegadores recomendados: Google Chrome, Microsoft Egde y Mozilla Firefox

  • Más información y vídeo explicativo en:

https://www.juntadeandalucia.es/agenciaagrariaypesquera/agenciaagrariaypesquera/portal/web/principal/trade

Puede acceder a TRADE en el siguiente enlace:

https://ws229.juntadeandalucia.es/trade/

NOTA INFORMATIVA:

El plazo para solicitar la bonificación en el IBI de Urbana y en el suministro de agua potable, finaliza el día 31 de Octubre del ejercicio en curso.

Tendrán derecho a esta bonificación:

  • Jubilados, pensionistas y preceptores del Programa de Solidaridad entre los Andaluces.
  • Familias Numerosas.
  • Unidades familiares que acrediten cero euros de ingresos.
  • Viviendas en las que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo.

FESTIVIDAD DE TODOS LOS SANTOS MEDIDAS ESPECIALES

PROTOCOLO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD ANTE EL COVID-19 PARA ACCEDER AL CEMENTERIO MUNICIPAL

El Ayuntamiento de Villanueva de la Reina ha dispuesto varias medias durante los días del 31, 1 y 2 en los que se celebrará la festividad de Todos Los Santos.

Para que aquellas personas que se acerquen al cementerio durante estos días puedan disponer de facilidad horaria y así evitar aglomeraciones dentro del cementerio, se ha duplicado el horario de apertura de asistencia, siendo este desde las 9,00 h hasta las 19,00h, de manera ininterrumpida.

Asimismo, en los días de mayor afluencia, 31, 1 y 2 (el día 2 hasta el medio día), se pondrá control de aforo, máximo 200 personas a la vez, dentro del recinto.

Para dar la posibilidad a todas aquellas personas que deseen visitar el cementerio durante estos días, se dispondrán de tramos horarios, 1 hora como máximo de estancia, siendo los tramos cada hora desde la apertura.

Ademas habrá un control en la entrada para que se cumplan las medidas de seguridad obligatorias, ordenadas por la autoridad sanitaria, uso de mascarilla, limpieza de manos, aforo máximo y control de temperatura, así como una puerta de entrada y otra de salida.

Para que todos podamos asistir con garantía contra el riesgo de contagio, se ruega la máxima colaboración con los trabajadores municipales que darán las correspondientes instrucciones, el servicio de Protección Civil que velará por el cumplimiento de estas normas y la Policía Local.

Horarios cementerio especial día de Todos los Santos 2020

El ayuntamiento dispone de un horario de apertura especial para el cementerio con motivo de la celebración del día de Todos los Santos.

a partir del día 22 de Octubre abrirá en horario de mañana y tarde, de 9,00h hasta las 19,00h, para que todos aquellos que lo deseen puedan atender las tumbas y nichos de sus difuntos, cumpliendo con las medidas que han decretado las autoridades de la Junta de Andalucía con motivo de la situación de pandemia por COVID-19 y no se produzcan aglomeraciones en el interior del cementerio municipal.

Los días 31, 1 y 2, tendrán, dentro de estos horarios de apertura y cierre, unas medidas concretas para evitar las aglomeraciones, que se publicaran en la web municpal.

El Ayuntamiento facilita a través de la Diputación de Jaén habilita planes personalizados para facilitar el pago de los tributos municipales.


Los contribuyentes podrán fraccionar el pago de los impuestos sobre Bienes Inmuebles, Actividades Económicas, Vehículos de Tracción Mecánica y las Tasas hasta en 10 cuotas.

El Ayuntamiento de Vva de la Reina a través de la Diputación de Jaén habilita planes personalizados para facilitar el pago de los impuestos sobre Bienes Inmuebles (IBI), Actividades Económicas (IAE), Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), y las Tasas.

Esto permitirá a los contribuyentes fraccionar el pago de estos tributos municipales hasta en 10 cuotas. “Para el nuevo periodo de recaudación conseguimos uno de los objetivos que venimos acariciando desde hace años, y coincide en un momento complicado en el que ya se han tomado medidas en materia de recaudación vinculadas con los efectos de la pandemia, como ha sido la ampliación del periodo del primer pago voluntario”,y ahora “se abre un menú de posibilidades para abordar el pago de los tributos y el contribuyente tendrán la capacidad de elegir sin recargos y sin intereses”.

Hasta el próximo 1 de diciembre, los contribuyentes del municipio, podrán solicitar su forma de pago a través de la Oficina Virtual del Servicio Provincial de Gestión y Recaudación (https://ofsgt.dipujaen.es/) mediante un correo electrónico a infotributaria@dipujaen.es o en las oficinas que este organismo autónomo de la Diputación de Jaén tiene distribuidas por la provincia jiennense.

Las distintas opciones que ofrece este plan, van desde el Pago Fácil 10, “que es el más flexible, con 10 cuotas con cargo a cuenta desde el 5 de enero al 5 de octubre, al Anual, que consiste en una cuota cuyo cobro se realiza el 5 de febrero, con una cuota de regularización el 5 de octubre”. Entre estas dos posibilidades se hallan otras periodicidades como la Mensual, que se traduce en nueve cuotas, del 5 de febrero al 5 de octubre; Bimestral, que consiste en cinco cuotas; Trimestral, cuyo abono se realiza en cuatro cuotas; o Semestral, con dos cuotas de cobro, el 5 de abril y el 5 de octubre. “Se pueden acoger a este plan los tributos que están a nombre de un mismo titular, y se establecen como requisitos no tener deuda en ejecutiva con el Servicio Provincial de Gestión y Recaudación, salvo que esté fraccionada o suspendida, que las cuotas resultantes del pago personalizado no sean menores de 20 euros, y la domiciliación obligatoria del pago de las cuotas en una única cuenta bancaria”.