CONCURSO DE DIBUJO Y POESÍA ENTRE ESCOLARES DE PRIMARIA PARA CELEBRAR EL DÍA DE LA PATRONA

La Hermandad de Santa Potenciana junto al AMPA y Ayuntamiento de Villanueva de la Reina organiza un concurso de dibujo y poesía que durará hasta el día 5 de mayo.

Cada año el colegio de primaria Santa Potenciana, organiza junto Ayuntamiento, la Hermandad, AMPA y el talleres para rememorar la figura de Santa Potenciana por Romería, todos los niños participantes obtienen un regalo por la participación, material escolar.

Las bases serán las siguientes:

El concurso consistirá en la edición de dibujos de la Santa con alguna poesía o petición entre los para los niños/as de infantil y primaria. Se hará en tamaño folio y la fecha de entrega tope es el próximo martes día 5 de mayo, se deben enviar al siguiente correo electrónico
hermandadsantapotenciana@gmail.com
Se seleccionarán tres dibujos de infantil y tres de primaria. Los trabajos elegidos como ganadores recibirán en casa un diploma y un regalo y se entregarán el día 7 de mayo que sería el día en que celebrariais vuestra Romería chica.
P.D. Cada dibujo debe llevar escrito el nombre, curso y dirección del niño o niña participante. En el supuesto caso de que alguno de esos tres datos no aparezca, no podrá ser tenido en cuenta.
Esperamos con ilusión vuestros trabajos.
¡VIVA SANTA POTENCIANA!

Los premios serán sufragados por la Hermandad de Santa Potenciana, AMPA y Ayuntamiento de Villanueva de la Reina.

CONDICIONES EN LAS QUE DEBEN DESARROLLARSE LOS DESPLAZAMIENTOS PARA LA POBLACIÓN INFANTIL DURANTE EL PERIODO DE CRISIS SANITARIA POR COVID 19

Orden SND/370/2020, de 25 de abril, sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Artículo 1. Objeto.

A los efectos de lo previsto en esta orden se entenderá por niños y niñas las personas menores de 14

Esta orden tiene por objeto establecer las condiciones en las que los niños y niñas podrán realizar desplazamientos fuera del domicilio durante la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.

Artículo 2. Desplazamientos permitidos.

1. Se habilita a los niños y niñas, y a un adulto responsable, a circular por las vías o espacios de uso público, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1, párrafos e), g) y h), del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, respecto a la circulación permitida por causas de asistencia y cuidado de personas menores, situación de necesidad y cualquier otra actividad de análoga naturaleza, siempre y cuando se respeten los requisitos establecidos en esta orden para evitar el contagio.

Dicha circulación queda limitada a la realización de un paseo diario, de máximo una hora de duración y a una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio del menor, entre las 9:00 horas y las 21:00 horas.

2. No podrán hacer uso de la habilitación contenida en el apartado anterior los niños y niñas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19, o que se encuentren en periodo de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de COVID-19.

3. Los desplazamientos a los que se refiere este artículo se entienden sin perjuicio de los permitidos para las personas menores de 14 años en el artículo 7.2 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Artículo 3. Requisitos para evitar el contagio.

1. El paseo diario deberá realizarse como máximo en grupos formados por un adulto responsable y hasta tres niños o niñas.

2. Durante el paseo diario deberá mantenerse una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros.

Asimismo, deberá cumplirse con las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.

Artículo 4. Lugares permitidos.

1. Se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre que se respete el límite máximo de un kilómetro con respecto al domicilio del menor.

2. No estará permitido el acceso a espacios recreativos infantiles al aire libre, así como a instalaciones deportivas.

Artículo 5. Adulto responsable.

1. A los efectos de lo previsto en esta orden, se entiende por adulto responsable aquella persona mayor de edad que conviva en el mismo domicilio con el niño o niña actualmente, o se trate de un empleado de hogar a cargo del menor.

Cuando el adulto responsable sea una persona diferente de los progenitores, tutores, curadores, acogedores o guardadores legales o de hecho, deberá contar con una autorización previa de estos.

2. Es responsabilidad del adulto acompañante garantizar que se cumplen durante la realización del paseo diario los requisitos para evitar el contagio previstos en el artículo 3.

PROTECCIÓN CIVIL REPARTIRÁ MASCARILLAS A LOS MAYORES DE 65 AÑOS Y MENORES DE 14

Reparto de 1.100 mascarillas para colectivos vulnerables

Desde el Ayuntamiento de Villanueva de la Reina se van a repartir mas de 1.100 mascarillas homologadas entre los colectivos de mas vulnerabilidad.

Personas mayores de 65 años y menores de 14 años son los destinatarios de estas 1.100 mascarillas. Es una primera entrega que llega a colectivos vulnerables y a los menores que después de la comunicación del gobierno de España que a partir del domingo día 26 podrán salir durante un tiempo limitado a una hora a la calle.

Los voluntarios de Protección Civil serán los encargados del reparto a domicilio, suman una nueva misión de colaboración con el pueblo. El material de protección será repartido en los próximos días, por lo que rogamos paciencia para la recepción.

LAS/OS NIÑAS/OS PODRÁN SALIR DE SUS CASAS, CON CONDICIONES Y RESPONSABILIDAD.

Las/os niñas/os podrán salir a la calle una hora al día, entre nueve de la mañana y nueve de la noche, a partir del próximo domingo día 26.

Se podrán dar paseos en un radio máximo de un kilómetro alrededor de sus casas. Siempre deberán ir acompañados de un adulto.

La mascarilla será recomendable y los paseos, que deberán darse en compañía de un adulto, podrán ser de una hora de duración.

Habrá que mantener las medidas de seguridad: lavado de manos y distancia física.

EDICTO

BOLSA DE EMPLEO LABORAL TEMPORAL PARA OCUPAR PUESTO SEPULTURERO

E D I C T O BOLSA DE EMPLEO SEPULTURERO

D. BLAS ALVES MORIANO, ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA REINA (JAÉN). /

HACE SABER: Que esta Alcaldía ha aprobado mediante Resolución de fecha 15 de abril de 2020 las Bases para la selección, en régimen de personal laboral temporal, de 4 operario/a sepulturero/a de cementerio municipal. Dichas Bases se encuentran expuestas en la página web http://www.vreina.com

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN: Las instancias y la documentación exigida, deberá presentarse únicamente a través de las siguientes vías telemáticas, utilizando el Registro Telemático del Ayuntamiento de Villanueva de la Reina al que se accede a través de la página web www.vreina.com (Sede Electrónica), o mediante correo electrónico a la siguiente dirección: ayuntamiento@villanuevadelareina.es, durante el plazo de 5 días naturales, contados desde el día siguiente al que aparezca expuesto los presentes criterios de selección en la página web del Ayuntamiento, siendo el primer día para su presentación el 16 de abril y el último el 22 de abril.

Lo que se hace público para general conocimiento. Villanueva de la Reina, 15 de abril de 2020 EL ALCALDE, Fdo.: Blas Alves Moriano

AYUDAS PARA TRABAJADORES AUTÓNOMOS

Publicado el Decreto-Ley 9/2020, de 15 de abril, por el que se establecen medidas urgentes complementarias en el ámbito económico y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19)

Ayuda

  • Ayuda de 300€ por beneficiario en un único pago.

Plazo

Desde el viernes 17/04/2020 y hasta 15 días después de finalizar el estado de alarma. El procedimiento es por concurrencia competitiva, por tanto el plazo se considerará finalizado cuando se agote el presupuesto (50M€).

También se ha incluido como beneficiarios a los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado que hayan optado por encuadrarse en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

Requisitos

  • Declaración de la renta de 2018 una base liquidable general y del ahorro que no supere tres veces el Salario Mínimo Interprofesional (unos 39.900 euros anuales).

Solicitud

  • Exclusivamente de forma telemática mediante declaración de responsabilidad de cumplimiento de los requisitos exigidos para percibir la ayuda.
  • Algunos datos que tendrá que rellenar: el DNI-NIF; domicilio fiscal; empadronamiento en Andalucía; alta en el régimen especial de la Seguridad Social o en su mutualidad alternativa; declaración del IRPF de 2018 y número de cuenta bancaria para que pueda ser percibida la ayuda.

ROMERIA SANTA POTENCIANA

Este año no podremos vivir la Romería en honor a la Patrona.

Es un secreto a voces que todas/os las/ villanoveros conocemos. La pandemia mundial del COVID-19, nos ha obligado a tomar las medidas necesarias para impedir la propagación del virus y nos ha llevado al confinamiento general de todos/as, y será también el responsable de que nuestra Romería no se célebre esta año.

Ante las preguntas de algunos/as vecinos/a sobre este asunto,  el cura Párroco, don Jesús del Corral, la presidenta de la Hermandad de Santa Potenciana, Mamen Molino y el Alcalde de la localidad, Blas Alves, han mantenido una conversación telefónica en la que se ha decidido hacer un breve comunicado informando sobre este asunto, algo que todos/as dábamos por confirmado al igual que otros muchos  eventos religiosos, deportivos, culturales, etc., se han clausurado en nuestro país y el resto de mundo por este mismo motivo

También quieren transmitir un mensaje de ánimo, para que en el próximo año se viva con toda la fuerza y alegría que sea posible, además de agradecer a todo el pueblo el civismo con el que se está comportando para poder atajar cuanto antes la propagación del virus

LA U.M.E. ACTUA EN LA RESIDENCIA

La Unidad Militar de Emergencias lleva a cabo un trabajo de apoyo para la desinfección de la residencia de mayores.

El II Batallón de Intervención de Emergencias lleva a cabo una actuación a instancias del Ayuntamiento de Villanueva de la Reina para garantizar la seguridad y salud de los usuarios y trabajadores de la residencia de mayores Reina Sofia.

La intervención se suma a las medidas que desde la propia residencia se están llevando a cabo desde el primer día en el que se comunicaba la situación en nuestro país con respecto al COVID-19

Desde el Ayuntamiento agradecemos a los profesionales que atienden a los mayores su dedicación y queremos transmitirles nuestro apoyo y confianza en la labor que desempeñan.

Estas medidas han pasado desde el control y prohibición de visitas externas a la propia residencia, hasta medias de especial seguimiento desde el punto de vista sanitario y desinfecciones específicas en toda la residencia.

Igualmente agradecemos a todos los colectivos, sanitarios del Centro de Salud, Protección Civil, trabajadores municipales, en sus distintos servicios, Policía Local, Guardia Civil y a toda la población su colaboración para que Villanueva de la Reina luche junta contra el Coronavirus.

DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA MOVILIDAD DE AGRICULTORES Y GANADEROS.

LA JUNTA DE ANDALUCÍA CREA UN ENLACE PAR FACILITAR A LOS AGRICULTORES Y GANADEROS LA DECLARACIÓN RESPONSABLE QUE LES PERMITA LA MOVILIDAD.

Enlace a la la web de Agapa donde se ha creado una aplicación para que cualquier agricultor/ganadero pueda autorrellenarse una declaración responsable para justificar la movilidad en el actual estado de alarma de cualquier trabajador por cuenta ajena.

La principal ventaja es que se puede autorrellenar y descargar en el propio móvil con lo que no hay que imprimirlo.

Las actividades imprescindibles para el mantenimiento de la actividad de la agricultura, la ganadería y la pesca pueden llevarse a cabo, pero para hacerlo habrá que rellenar un modelo de declaración responsable, al objeto de evitar ser sancionados.

Enlace: https://ws229.juntadeandalucia.es/declaracion_responsable/

PRORROGA DEL PAGO VOLUNTARIO DE LOS IMPUESTOS IBI Y IVTM

EL PLAZO DEL PAGO DE ESTOS IMPUESTOS EN PERIODO VOLUNTARIO SE APLAZA HASTA EL 7 DE SEPTIEMBRE.

Tanto el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana e Impuesto de Bienes Inmuebles de Características Especiales amplían su periodo voluntario de pago en tres meses. En consecuencia, el plazo de ingreso en período voluntario de ambos tributos queda fijado entre los días 1 de Abril de 2020 hasta el 7 de Septiembre de 2020 en lugar del inicialmente aprobado que comprendía las fechas entre el 1 de Abril de 2020 y el 5 de Junio de 2020.

Los avisos de pago, sin carácter de notificación, correspondientes a los tributos puestos al cobro en esta cobranza voluntaria, serán remitidos a los contribuyentes a partir del momento en que el servicio de reparto del Servicio de Correos esté plenamente operativo y haya finalizado en presente estado de alarma; no obstante los mismos podrán ser facilitados a los contribuyentes por las diferentes vías que el Servicio Provincial de Gestión y Recaudación tiene establecidas al efecto.

Las fechas de cargo de los domiciliados correspondientes a esta cobranza voluntaria se amplían un mes quedando fijadas en las siguientes:

1.-Domiciliados sin fraccionar y primer plazo de los domiciliados fraccionados entre el 1 y el 10 de mayo

2.-Segundo plazo de los domiciliados fraccionados entre el 1 y el 10 de junio.

3.-Tercer plazo de los domiciliados fraccionados entre el 1 y el 10 de julio.

4.-Cuarto plazo de los domiciliados fraccionados entre el 1 y el 10 de Agosto